Ciudadanía americana por servir en el Ejército de EE. UU.

En reconocimiento al servicio prestado a Estados Unidos, los militares no ciudadanos pueden solicitar la ciudadanía americana por un procedimiento especial del que podría beneficiarse también sus familiares inmediatos

Tramitación para militares para adquirir la ciudadanía por naturalización

Para beneficiarse de las reglas especiales para obtener la ciudadanía por naturalización es requisito imprescindible servir o haber servido con honor en: Ejército de Tierra, Mar, Aire, Marines y Guardia Costera, así como ciertos miembros del Cuerpo de Reserva (Reserva Seleccionada de la Reserva Lista) y de la Guardia Nacional

Estos son los trámites que se deben realizar:

  • Rellenar el formulario N-400.
  • Llenar el formulario N-426, de certificación de servicio militar
  • En el caso de licenciamiento, formulario del cuerpo en el que se sirvió certificando honorabilidad en el servicio.
  • Permitir la toma de huellas digitales y rellenar el formulario de datos personales B-325B.
  • Proporcionar dos fotografías.
  • Poseer buen carácter moral en los últimos cinco años.
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  • Probar conocimientos necesarios del idioma ingles.
  • Aprobar un test sobre conocimientos cívicos e históricos sobre los Estados Unidos.
  • Demostrar fidelidad a los principios constitucionales
  • Y proporcionar una copia de la tarjeta de residencia, también conocida como tarjeta verde.

Cabe destacar que las órdenes de restricción o alejamiento no son, por sí mismas, un problema para cumplir con el requisito de buen carácter moral. Sin embargo, su incumplimiento o reconocimiento violencias o amenazas en corte civil sí puede tener consecuencias graves.

¿Pueden pedir los militares pedir la naturalización?

Durante el tiempo de paz, la solicitud puede presentarse si es residente permanente, se ha servido con honor al menos por un año, y se sigue estando activo en el Ejército o se presenta la petición dentro de los seis meses siguientes a dejar de prestar servicio

En tiempo de guerra, cualquier extranjero que sirva en el Ejército puede presentar la solicitud para hacerse ciudadano en cualquier momento. Una orden ejecutiva presidencial es la que determina en cada momento si existe o no esta situación.

En la actualidad, tiene la calificación de tiempo de guerra el servicio realizado en cualquier fecha con posterioridad al 11 de septiembre de 2001.

Características especiales de la solicitud de ciudadanía para militares y sus familiares

Estas son las características más destacables:

  • Para los militares requisitos reglas especiales sobre el requisito de presencia física o residir en Estados Unidos.
  • No pagan las tarifas por tramitación del formulario N-400.
  • No pagan la tarifa por tramitación de formulario de datos personales y huellas digitales B-325B.
  • Desde 2004 es posible solicitar, transmitir, realizar la ceremonia de naturalización y jurar lealtad a los Estados Unidos en el extranjero.
  • Es posible recibir la ciudadanía tras haber fallecido cuando los militares fallezcan a consecuencia de enfermedades o heridas recibidas durante hostilidades, incluidos los casos de muerte en combate.

Las solicitudes de la ciudadanía póstuma deben ser solicitadas por los familiares directos del difunto en los dos años siguientes a su fallecimiento mediante el formulario N-644.

Además, los cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años de un militar fallecido durante su servicio recomendado para que se les aplique a ellos mismos reglas especiales para la naturalización Deben ser residentes permanentes legales y cumplir con otros requisitos.

Por otra parte, los cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años pueden calificar para adquirir la tarjeta de residencia permanente mediante un ajuste de estatus si el militar falleció a causa de heridas o enfermedad ocasionadas o agravadas en combate

En este último caso, el formulario para solicitar el beneficio es el I-360. Debe llenarse en los dos años siguientes al fallecimiento del militar.

¿Pueden pedir los militares pedir la naturalización?

Durante el tiempo de paz, la solicitud puede presentarse si se es residente permanente, se ha servido con honor al menos por un año, y se sigue estando activo en el Ejército o se presenta la petición dentro de los seis meses siguientes a dejar de prestar servicio.

En tiempo de guerra, cualquier extranjero que sirva en el Ejército puede presentar la solicitud para hacerse ciudadano en cualquier momento. Una orden ejecutiva presidencial es la que determina en cada momento si existe o no esta situación. En la actualidad, desde el 11 de septiembre de 2001 se considera que está en tiempo de guerra.

Procedimiento especial para adquirir la ciudadanía a través del programa MAVNI

Este es un programa que se extiende anualmente y permite que varios profesionales que se comprometerse con el Ejército adquirir la ciudadanía americana de forma muy rápida, frecuentemente en cuestión de apenas unas semanas.

Cabe destacar que, en la actualidad, está en situación de suspensión y no están admitiendo aplicaciones nuevas.

Pero, ¿qué extranjeros pueden servir en el Ejército de los Estados Unidos?

En la actualidad, estas son las reglas. Básicamente se requiere tener estatus de residente permanente legal.

Estas son las específicas que afectan a las personas extranjeras que residen en EE.UU. en situación migratoria de indocumentadas.

Beneficios migratorios para indocumentados

Los indocumentados que son familiares inmediatos de soldados, oficiales, reservistas o veteranos que pueden beneficiarse del programa conocido como Parole in Place que otorga protección frente a la deportación.

Además, tenga en cuenta las circunstancias del migrante, podría ser un camino hacia la regularización y obtener la tarjeta de residencia mediante un ajuste de estatus.

El Ejército de EE.UU. y los hispanos

Aunque tradicionalmente la participación de los hispanos en el Ejército ha sido inferior en relación a su porcentaje en la población estadounidense en general lo cierto es que en las últimas décadas esta tendencia ha cambiado a, especialmente entre las mujeres.

Y es que en la actualidad aproximadamente el 16 por ciento de los nuevos soldados son hispanos, sin duda atraídos no solo por la posibilidad de servir a los Estados Unidos sino también por los beneficios e incentivos de los que es posible disfrutar.

Tener en cuenta que si se toma ventaja y algunos beneficios, como es la obtención de la ciudadanía por naturalización por haber servido en el Ejército, esta puede ser revocadasi el militar dejar de prestar sus servicios militares en condiciones no honorables y no ha servido con honor al menos un total de cinco años.

Finalmente, haber servido con honor en el Ejército es uno de los requisitos que los Soñadores pueden cumplir para solicitar el beneficio de la acción diferida (DACA), esto para casos antiguos porque en los últimos años no es posible para indocumentados servir en el Ejército, excepto específicamente los que tienen DACA aprobado.

¿Dónde solicitar ayuda en tramitación para ciudadanía?

Para cumplir estos documentos, el Servicio de Inmigración y Naturalización (USCIS, por sus siglas en inglés) ha entrenado a funcionarios para atender especialmente a los militares que pueden llamar al 1-877-CIS-4MIL o contactar por correo electrónico escribiendo a: [email protected]

Además, cada instalación militar cuenta con una persona especialmente diseñada para ayudar con este proceso a los militares que así lo deseen.

Este es un artículo informativo. No es asesoría legal.

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