Para que una moción para reabrir un caso ya sentenciado y que acabó con una orden de deportación marítima debe admitir debe alegarse: a) ha cometido un cambio en la ley o pueden tener argumentos legales que no se tienen en cuenta b) no se tienen en ciertos aspectos específicos del caso Como ejemplos, aunque hay más, pueden nombrar:
El plazo es de 90 días pero se computa de manera diferente si la decisión de la deportación procede de un juez de inmigración o del tribunal de apelaciones (BIA, por sus siglas en inglés).
En casos especiales en los que la deportación se ordenó in abstentia, es decir, sin que el extranjero afectado estuviese presente, podría reabrise el caso incluso años más tarde si se puede probar que no se enteró de que tuviese en su contra esa orden de deportación y que no fue su culpa la razón por la que no acudió a la vista en la que se ordenó su expulsión del país Por ejemplo, si puede demostrar que nunca recibió la citación, o que estaba muy enfermo y por esa razón no acudió.
Por ejemplo, hay personas que llevan años en Estados Unidos como indocumentadas y sin enterarse que tienen en su contra una orden de deportación. Y puede que algunos de ellos con el paso de los años se casen con un ciudadano o con un residente y pueden tener la puerta abierta para obtener una tarjeta de residencia por matrimonio.
En todo caso, estos asuntos son delicados y antes de hacer nada, presentar escritos o acudir a una oficina de inmigración es muy recomendable obtener buen consejo legal específico para el caso de cada uno y averiguar si hay o no una orden de deportación en contra.
Con el formulario del Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, por sus siglas en inglés) con el número I-290B. El arancel por este servicio es de $ 630. Para precisar de que el USCIS ha recibido la documentación dentro de plazo puede solicitarse ese servicio.
Es muy importante entender la presentación dentro del plazo de una moción para reabrir un caso no paralizar la orden de deportación, que sigue su curso. Excepto que así lo decida el juez de inmigración.
Si se han agotado todos los caminos para luchar contra una orden de deportación y es necesario más tiempo por razones personales graves y justificadas entonces es posible solicitar una suspensión o aplazamiento temporal de la deportación Es lo que se conoce en inglés como suspensión de deportación o expulsión.