Aviso de copyright y el uso del símbolo de copyright

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Un aviso de copyright o símbolo de copyright es un identificador colocado en copias de la obra para informar al mundo de la propiedad del copyright. Si bien el uso de un aviso de derechos de autor alguna vez fue obligatorio como condición para la protección de derechos de autor, ahora es opcional. El uso de la notificación de derechos de autor es responsabilidad del propietario de los derechos de autor y no requiere permiso previo ni registro en la Oficina de Derechos de Autor.

Sin embargo, debido a que la ley anterior contenía dicho requisito, el uso de un aviso de copyright o símbolo de copyright sigue siendo relevante para el estado de copyright de las obras más antiguas.

El aviso de derechos de autor fue requerido bajo la Ley de Derechos de Autor de 1976. Este requisito se eliminó cuando los Estados Unidos se adhirieron al Convenio de Berna, en vigencia a partir del 1 de marzo de 1989. Aunque las obras publicadas sin aviso de copyright antes de esa fecha podrían haber ingresado al dominio público en los Estados Unidos, el

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Ley de Acuerdos de la Ronda Uruguay (URAA) restaura los derechos de autor en ciertas obras extranjeras publicadas originalmente sin aviso de derechos de autor.

¿Cómo es útil un símbolo de copyright?

El uso del aviso de derechos de autor puede ser importante porque informa al público que el trabajo está protegido por derechos de autor, identifica al propietario de los derechos de autor y muestra el año de la primera publicación. Además, en el caso de que se infrinja una obra, si aparece un aviso adecuado de copyright en la copia o copias publicadas a las que el acusado en una demanda por infracción de derechos de autor tuvo acceso, entonces no se dará ningún peso a la defensa de dicho acusado basada en inocencia infracción. La infracción inocente ocurre cuando el infractor no se dio cuenta de que el trabajo estaba protegido.

El uso de la notificación de derechos de autor es responsabilidad del propietario de los derechos de autor y no requiere permiso previo ni registro con el Oficina de derechos de autor.

Forma correcta para el símbolo de copyright

El aviso para copias perceptibles visualmente debe contener los siguientes tres elementos:

  1. El símbolo de copyright © (la letra C en un círculo), o la palabra "Copyright", o la abreviatura "Copr".
  2. El año de la primera publicación de la obra. En el caso de compilaciones u obras derivadas que incorporen material previamente publicado, la fecha del año de la primera publicación de la compilación o obra derivada es suficiente. La fecha del año puede omitirse cuando una obra pictórica, gráfica o escultórica, con material textual acompañante, si hay alguno, se reproduce en tarjetas de felicitación, postales, papelería, joyas, muñecas, juguetes o cualquier otro útil artículo.
  3. El nombre del propietario de los derechos de autor en el trabajo, o una abreviatura por la cual se puede reconocer el nombre, o una designación alternativa generalmente conocida del propietario.

Ejemplo: copyright © 2002 John Doe

El aviso o símbolo © o "C en un círculo" se usa solo en copias perceptibles visualmente.

Fonogramas

Ciertos tipos de obras, por ejemplo, obras musicales, dramáticas y literarias, pueden arreglarse no en copias, sino mediante sonido en una grabación de audio. Dado que las grabaciones de audio, como las cintas de audio y los discos de fonógrafo, son "fonorregistros" y no "copias", la "C en un el círculo "no se usa para indicar la protección del trabajo musical, dramático o literario subyacente grabado.

Símbolo de copyright para fonogramas de grabaciones sonoras

Las grabaciones de sonido se definen en la ley como obras que resultan de la fijación de una serie de musicales, sonidos hablados u otros, pero sin incluir los sonidos que acompañan a una película u otro audiovisual trabajo. Los ejemplos comunes incluyen grabaciones de música, drama o conferencias. Una grabación de sonido no es lo mismo que un fonógrafo. Un fonorecord es un objeto físico en el que se encarnan las obras de autor. La palabra "fonorecord" incluye cintas de casete, CD, discos, así como otros formatos.

El aviso para los fonorregistros que incorporan una grabación de sonido debe contener los siguientes tres elementos:

  1. El símbolo de copyright (la letra P en un círculo)
  2. El año de la primera publicación de la grabación de sonido.
  3. El nombre del propietario de los derechos de autor en la grabación de sonido, o una abreviatura por la cual se puede reconocer el nombre, o una designación alternativa generalmente conocida del propietario. Si el productor de la grabación de sonido aparece en la etiqueta o contenedor del fonograma y si no hay otro el nombre aparece junto con el aviso, el nombre del productor se considerará parte del darse cuenta.

Posición de aviso

El aviso de derechos de autor debe colocarse en copias o fonogramas de manera que se notifique razonablemente el reclamo de derechos de autor.

Los tres elementos de la notificación normalmente deben aparecer juntos en las copias o los registros fonográficos o en la etiqueta o contenedor del registro fonográfico.

Dado que pueden surgir preguntas por el uso de formas variantes de la notificación, es posible que desee buscar asesoramiento legal antes de usar cualquier otra forma de la notificación.

La Ley de Derechos de Autor de 1976 anuló las consecuencias estrictas de no incluir el aviso de derechos de autor en virtud de la ley anterior. Contiene disposiciones que establecen pasos correctivos específicos para curar omisiones o ciertos errores en el aviso de copyright. Según estas disposiciones, un solicitante tenía 5 años después de la publicación para remediar la omisión de notificación o ciertos errores. Aunque estas disposiciones técnicamente todavía están en la ley, su impacto ha sido limitado por la enmienda que hace que el aviso sea opcional para todos los trabajos publicados a partir del 1 de marzo de 1989.

Publicaciones que incorporan obras del gobierno de los Estados Unidos

Obras de la U. S. El gobierno no es elegible para la protección de derechos de autor de EE. UU. Para los trabajos publicados a partir del 1 de marzo de 1989, el requisito de notificación previa para los trabajos que consisten principalmente en una o más U. S. Se han eliminado las obras del gobierno. Sin embargo, el uso de un aviso en dicho trabajo anulará un reclamo de infracción inocente como se describió anteriormente, siempre que el aviso de copyright también incluye una declaración que identifica las partes del trabajo en las que se reclaman los derechos de autor o aquellas partes que constituyen U. S. Material del gobierno.

Ejemplo: copyright © 2000 Jane Brown.
Copyright reclamado en los capítulos 7-10, exclusivo de U. S. Mapas del gobierno

Copias de obras publicadas antes del 1 de marzo de 1989, que consisten principalmente en una o más obras de la U. S. El gobierno debe tener un aviso y la declaración de identificación.

Obras no publicadas

El autor o el propietario de los derechos de autor pueden desear colocar un aviso de derechos de autor en cualquier copia no publicada o fonorregistros que dejen su control.

Ejemplo: trabajo no publicado © 1999 Jane Doe

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